PRIMERO: SE EJECUTA la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, contenida en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decretada a la Joven: (OMITIDO POR CONFIDENCIALIDAD) venezolana, soltera, estudiante, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.454.884, hija de los ciudadanos: LUIS ALFREDO CARACCIOLO y LUZ MARINA RODRIGUEZ, residenciada en el sector "EL DANTO", Barrio San Benito, calle 09, Casa N° A-624, en jurisdicción de Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
SEGUNDO: El lapso de cumplimiento de la referida medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, es de OCHO (8) MESES, teniendo como fecha cierta de culminación el día 23 DE MARZO DE 2010. Asimismo corresponde a este Tribunal dotar de Contenido la medida impuesta por el juzgado de Control, en tal sentido, este Tribunal de Ejecución impone como OBLIGACIONES DE HACER: INSCRIBIRSE EN UN PROGRAMA SOCIO-EDUCATIVO. COMO OBLIGACIONES DE NO HACER.....