FUSIONAR las medidas DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, contenidas en los artículos 624 y 626 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, impuestas al joven adulto IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, soltero, sin profesión definida, de veinte (20) años de edad, nacido en fecha catorce (14) de Septiembre de mil novecientos ochenta y siete (1.987), titular de la Cédula de Identidad número V-(SE OMITE), hijo de los ciudadanos (SE OMITE), domiciliado (SE OMITE)Municipio Cabimas del Estado Zulia, en la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, en virtud de haber quedado demostrada la incapacidad del joven para realizar alguna actividad física, las entrevistas en el PROGRAMA DE LIBERTAD ASISTIDA, se realicen cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, en el domicilio del sancionado, donde se debe trasladar el Equipo Técnico de dicho Programa, y las pres.....