EL CESE DE LAS MEDIDAS de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, contenidas en los artículos 624 y 625 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, impuestas al joven adulto IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, soltero, obrero, de veintitrés (23) años de edad, nacido en fecha dos (02) de Noviembre de mil novecientos ochenta y tres (1.983), titular de la Cédula de Identidad número V-(SE OMITE), hijo de los (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITEN) Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y se decreta la LIBERTAD PLENA, del joven sancionado, en consecuencia queda a partir de la presente fecha en el pleno uso, goce y ejercicio de sus Derechos Constitucionales y Legales.