AUTORIZAR al joven IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, nacido en fecha 12-09-1988, de Diecinueve (19) año de edad, hijo de los ciudadanos (SE OMITEn), titular de la cédula de identidad N° (SE OMITE), domiciliado en (SE OMITE) Ciudad Ojeda, Jurisdicción del Municipio Lagunillas del estado Zulia, para ausentarse de la jurisdicción del estado Zulia, durante el período comprendido desde el día 15-02-2007 hasta el día 07-03-2007, debiendo presentarse dicho joven ante este Juzgado el día JUEVES ocho (08) de Marzo de 2007, en el horario comprendido entre las ocho y treinta horas de la mañana (8:30 a.m.) a tres de la tarde (3:00 pm.), a fin de constatar su retorno para continuar con el cumplimiento de las sanciones a que esta sometido.