Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES EXTENSION CABIMAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, constituido de forma MIXTA, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al Adolescente Acusado: (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), estado Zulia, actualmente interno en la Casa de Formación Integral Sabaneta., quien presenta las siguientes características fisonómicas: (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), como COAUTOR del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y ROBO AGRAVADO COMETIDO A MANO ARMADA, delitos estos que se encuentran previsto en los artículos 218 y 458 ambos del CÓDIGO PENAL, cometido en perjuicio de EDGAR JOSE LA CONCHA y la COSA PUBLICA y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a cumplir LA SANCION DE PRIVACION DE LIBERTAD previstas en los Artículo 628 de la Ley Especial por lap.....