SE DECLARA PROCEDENTE EN DERECHO LA ADMISIÓN DE HECHOS expresada por los adolescentes acusados OMISION PREVISTA EN EL ARTICULO 545 LOPNNA , de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo del Estado Zulia, de 15 años de edad, fecha de nacimiento 11-10-1994, titular de la cédula de identidad N° 24.922.849, soltero, hijo de Ramón Molina y Aura Cegarra, de profesión u oficio Estudiante de 9 grado en la Unidad Educativa Batalla Naval del Lago, residenciado en el Barrio La Polar, Calle 182, avenida 48Ñ-16, a una cuadra del Deposito Valle Verde, Municipio San Francisco del Estado Zulia, y OMISION PREVISTA EN EL ARTICULO 545 LOPNNA , de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo del Estado Zulia, de 16 años de edad, fecha de nacimiento 24-11-1993, titular de la cédula de identidad N° 25.801.889, soltero, hijo de Edgar Arrieta y de Maytht Pirona, de profesión u oficio Herrero, residenciado en el Barrio La Polar, calle 180 avenida 48L, casa No. 180A-23, Municipio San Francisco del Estado .....