PRIMERO: Ratificar la admisión del Escrito de Acusación y las Pruebas Ofrecidas, en todo su contenido las cuales fueron expresadas de manera oral en este acto, por la Fiscal Especializada No. 37º del Ministerio Público, Dra. JOSEFA PINEDA ARMENTA, en contra de los adolescentes CONFIDENCIALIDAD por la comisión del delito de por la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 Ejusdem, cometido en perjuicio de la ciudadana JESSICA CAROLINA LEÓN LEGUNA. SEGUNDO: Se Declara la procedencia de la Admisión de los Hechos expuesta por los adolescentes acusados CONFIDENCIALIDAD - TERCERO: DECRETAR LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL de los Adolescentes, CONFIDENCIALIDAD anteriormente identificados, en consecuencia se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la responsabilidad penal de los adolescentes acusados arriba identificados, en la comisión del delito ROBO AGRA.....