Por los fundamentos antes expuestos, bajo la Protección de Dios este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO, sección adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, obrando en forma Unipersonal y con vista a la solicitud de la Fiscalia 31 pronunciada durante el curso de este debate, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ORDENA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA Y EN CONSECUENCIA DECRETA LA ABSOLUCIÓN en la causa seguida en contra del Adolescente (NOMBRE OMITIDO EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNA ), por la presunta comisión del delito de COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el segundo aparte del articulo 80 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana IRENA CAROLINA GONZALEZ. y sancionado en la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, .....