Declarar la procedencia de la Admisión de los Hechos expuesta por el acusado Adolescente PRINCIPIO DE CONFIDENCUALIDAD, la cual ha sido expresada libre de coacción y apremio, con la asistencia de su Defensor Privado y guardando las Garantías Legales y Constitucionales del Debido Proceso.- TERCERO: DECRETAR LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE: PRINCIPIO DE CONFIDENCUALIDAD, venezolano, nacido el 02/12/1993, de 15 . En consecuencia, se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal del Adolescente PRINCIPIO DE CONFIDENCUALIDAD suficientemente identificado ut supra, por la comisión del delito VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, respectivamente, cometido en perjuicio de las ciudadanas JENNIFER CUBILLAN ROMERO Y JEANNETTE ROMERO. CUARTO: Sobre la base de las pautas para determi.....