DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL en relación a los Adolescentes IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, Venezolano, de Dieciséis (16) años de edad, de profesión u oficio obrero, domiciliado en (SE OMITE), Jurisdicción del Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia y IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, Venezolano, de Catorce (14) años de edad, de profesión u oficio obrero, Titular de la Cédula de Identidad N° (SE OMITE), domiciliado en (SE OMITE) Jurisdicción del Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia; por cuanto de la revisión de las actuaciones se verifica que la solicitud presentada por el despacho fiscal, y ratificada su contenido en esta audiencia oral, es procedente en derecho, ya que se encuentra ajustada a los presupuestos legales contenidos en el artículo .....