JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Garantísta del debido proceso, y, de conformidad con lo establecido en el artículo 314, segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 6 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, RESUELVE: PRIMERO: Decretar el ARCHIVO JUDICIAL de la presente Causa 2C-1772-06, seguida en contra de los imputados de autos (OMITIDOS), por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, ROBO AGRAVADO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD, Y DAÑOS A LA PROPIEDAD, cometido en perjuicio de LACTEOS LOS ANDES COCA-COLA-FEMSA; y así mismo, el Cese de la .....