PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMEINTO DEFINITIVO de la causa seguida a las jóvenes 1.- NOMBRE OMITIDO, y 2.- NOMBRE OMITIDO, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el articulo 413, en concordancia con el artículo 416 y 83 todos del Código Penal, cometido en perjuicio de NOMBRE OMITIDO, conforme a lo dispuesto en los artículos 561 literal "d" en concordancia 568 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas y Adolescentes y los artículos 318 Ordinal 3° y 48 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al articulo 319 Ejusdem. SEGUNDO: Visto el cumplimiento de las obligaciones pactadas por las partes, por parte de las jóvenes NOMBRE OMITIDO Y NOMBRE OMITIDO, este Tribunal acuerda HACER CESAR la persecución penal seguida en contra de las adolescentes NOMBRE OMITIDO Y NOMBRE OMITIDO, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el articulo 413, en concordancia con el artículo 4.....