Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación interpuesta en contra del adolescente (CUYO NOMBRE SE OMITE POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD CONFORME AL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), suficientemente identificados como COAUTOR en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 10 ordinales 3° y 7° del artículo de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuicio del ciudadano JULIO ROMERO, y siendo que la acusación además la misma cumple con los requisitos formales, contenidos en el artículo 570 de la LOPNA, por lo tanto considera este Tribunal que lo procedente es ADMITIR totalmente la acusación en todas y cada una de sus partes tanto las pruebas Testificales como Documentales, pr.....