DECISIÓN
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el respectivo pronunciamiento: Se Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la presente Causa, de conformidad con el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativo al Adolescente NOMBRE OMITIDO y por consiguiente acuerda el Cese inmediato de la Medida Cautelar que pesa sobre el adolescente y como consecuencia de ello su Libertad Plena.
Al quedar definitivamente firme la presente decisión, remítase a la Oficina de Archivos Judiciales para su archivo y cuido.
Regístrese, publíquese, diarícese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en s.....