este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara CON LUGAR y en consecuencia concede a la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público,SEGUNDO: Se acuerda notificar a las partes de lo aquí acordado, comisionando al Departamento de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para que se sirva practicar las mismas, debiendo devolver las resultas de la comisión conferida.
TERCERO: Una vez consten en actas las resultas de las boletas libradas, se ordena remitir la presente causa a la Fiscalia 31 del Ministerio Público.
La presente decisión se fundamenta en los artículos 2, 26, 29, 49, 257, 271 y 334 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 8, 9, 173, 174, 175, 313 y 314 del .....