EL TRIBUNAL RESOLVIO EN LOS SIGUIENTES TERMINOS...este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Garantísta del debido proceso y en uso de las atribuciones que le confiere el articulo 555 en concordancia con el articulo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a los principios y garantías, RESUELVE: PRIMERO: REVISA LA MEDIDA CAUTELAR, prevista en el literal "C" del artículo 582 de la Ley Especial, impuesta al adolescente NOMBRE OMITIDO (GARANTIA DE CONFIDENCIALIDAD. ART 545 LOPNA), en la cual se le exigía su presentación por ante el Departamento de Trabajo Social. SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora privada, en la Audiencia de 313 celebrada en fecha 01 de octubre de 2007, y por vía de consecuencia acuerda imponer al adolescent.....