DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida contra del joven adulto (NOMBRE OMITIDO, CONFORME AL ART 545 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de ELIDE RAMON LOPEZ, de conformidad con el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el ordinal 3° del artículo 318 ordinal 8° del artículo 48 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley especial, y conforme al articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal se Extingue la Acción Penal, declara Cosa Juzgada, se ordena HACER CESAR la persecución policial del joven, el CESE de las medidas cautelares decretadas, y se ordena el Archivo de la presente causa, una vez vencido el lapso de Ley. Se deja sin efecto el decreto de Rebeldía dictada en fecha 07-07-20.....