SEGUNDO: Analizadas como han sido las actas, se observa que estamos en presencia de un delito de acción pública, que no se encuentran evidentemente prescrita la acción penal para perseguirlo, presuntamente cometido por los adolescentes PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD Y PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD, como es el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en los artículo 405 y 406, numeral 1° del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE ANTONIO INCIARTE, se ha acreditado por parte del Ministerio Publico, la existencia de: 1.-Un hecho punible que merece privativa de libertad, cuya acción no se encuentre evidentemente prescrita; 2.- Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe en la comisión de este hecho; y 3.- Una presunción razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso en particular, de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad, cual es la res.....