DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida contra del joven adulto (NOMBRE OMITIDO. ART 545 DE LA LOPNNA),, actualmente de 21 años de edad, nacido el día 06-08-1986, nacido en la ciudad de Maracaibo, N° cédula de identidad,23.749.948,hijo de LUZ MARINA VASQUEZ y JUAN MANUEL ALBARRAN profesión u oficio: ayudante de Carpintería, Dirección, residenciado, Barrio ARMANDO MOLER calle 76-C, N° 103-98, antiguo modulote Carmelo Urdaneta a tres cuadras después del Municipio Venancio Pulgar, del estado Zulia, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO de conformidad con lo establecido en el 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el ordinal 3° del articulo 318 y el ordinal 8° del articulo 48 ambos del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la.....