INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación de autos, interpuesto por el Abogado DARIO GOMEZ GARRIDO, Inscrito en el Instituto de previsión social del abogado Nº 34.954, actuando con el carácter de apoderado de la Ciudadana MAGALY JUDITH MEDINA, titular de la cedula de identidad Nº 4.710.854, contra la decisión No. 736-2022, emitida en fecha 05 de diciembre de 2022, por el Juzgado Tercero de Control, Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del esta Zulia, extensión Cabimas, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 128 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 428 literal "b" del Código Adjetivo Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 83 de la Ley Especial de Genero, atendiendo además a la Sentencia vinculante Nro. 1268, dictada en fecha 14 de Agosto de 2012, Expediente Nro. 11-0652, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.