INADMISIBLE por falta de medios probatorios que fundamenten la incidencia de Recusación presentada por el profesional del Derecho WILLIAN SIMANCA ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.161.902, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo Nº 51.986, con domicilio procesal en la Ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia, la cual va dirigida en contra de la abogada ANA CASTILLO, en su condición de Jueza Accidental del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción del estado Zulia, en el asunto distinguido por el Tribunal a quo con el No. 1JV-2023-001, conforme a lo establecido en los artículos 88, 89, 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión expresa del artículo 83 de la Ley de Violencia de Género. Así se Declara.