DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, ésta Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Abogada FLOR ARGUELLO VILLAMIZAR, Defensora Pública Segunda Auxiliar en Materia de Responsabilidad Penal de Adolescentes, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia; actuando en este acto con el carácter de Defensora del Adolescente (SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 y 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES); en contra de la decisión dictada bajo el No. 221-16,en fecha 02 de marzo de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescente del.....