DECISIÓN
Por los argumentos anteriormente expuestos, esta CORTE SUPERIOR DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara RESUELVE:
PRIMERO: Declarar IMPROCEDENTE la "solicitud de separación del conocimiento de la causa", planteada por la Jueza Profesional NORMA CARDOZO PÉREZ ante esta Alzada, en la causa donde ya se encuentra declarada con lugar la recusación planteada en su contra.
SEGUNDO: Devolver los autos al Tribunal de Ejecución, para que el trámite de designación de juez en la causa, sea dirigido al Órgano Administrativo Competente, en virtud de la excusa alegada por la funcionaria, como fundamento de su escrito de separación del conocimiento de la causa, con base a la recusación e inhibición ya decididas por esta Sala.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia certificada en archivo y remítase.
LA JUEZA PRESIDENTA,
DRA. LEANY ARAUJO RUBIO .....