Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la Abogada ODELIS CUBILLAN HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscala Interina Cuadragésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en contra de la Decisión de fecha 06/06/2016, publicado el texto in extenso en la misma fecha bajo Resolución No. 3C-559-2016, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, con Competencia en Materia de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas.
SEG.....