Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de Apelaciones de la Sección de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Defensor Público Noveno con competencia en Materia Penal Ordinario, para la Fase de Ejecución de Sentencia, adscrito a la Unidad de Regional de la Defensa Pública del estado Zulia, Extensión Cabimas, Abogado JOSE GONZALEZ PRATO, actuando en su condición de Defensor del Penado LUIS FRANCISCO RINCÓN ARELLANO, a quien se le sigue causa por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL, cometido en perjuicio de la niña (SE OMITE SU NOMBRE POR DISPOSICIÓN DEL PARÁGRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE), en contra del acta levantada con ocasión de la apreh.....