DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta CORTE SUPERIOR SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de auto interpuesto por el abogado en ejercicio GONZALO GONZALEZ COLINA, actuando en nombre y representación del joven adulto acusado JAVIER JOSÉ VILLALOBOS, en contra la decisión N° 04-06, dictada en fecha 12 de Diciembre de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el literal "c" del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 450 ejusdem.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y déjese copia certificada en archivo.
LA JUEZA PRESIDENTA,
DRA. ANALEE RAMÍREZ DE ÁLVAREZ
Ponente
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