Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, declara:
• CON LUGAR, el Recurso de Hecho formulado por la profesional del derecho GLADYS GIL DE HERNANDEZ, apoderada judicial del ciudadano JORGE JOSÉ BARRIOS NAVA, ya identificados, contra el auto dictado en fecha 12 de marzo de 2014, por el Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
• SE ORDENA al Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, oír en un solo efecto, el recurso de apelación ejercido en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en 04 de junio de.....