Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Cabimas, santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, actuando como órgano de Primera Instancia, en fecha 08 de abril de 2013 y, como consecuencia de dicho pronunciamiento, Por lo cual, de manera ineludible se declara igualmente.
• SIN LUGAR, la demanda incoada por la sociedad mercantil ALFOMAR, C. A., contra MULTINACIONAL DE SEGUROS, C. A., ambas debidamente identificadas en las actas procesales, cuya entrada y admisión data de fecha 19 de enero de 2010.
Queda REVOCADA la decisión recurrida en todas sus partes.
Se condena en costas procesales a la parte deman.....