¿ CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por la profesional del derecho LEIDA SANDREA CASTILLO, actuando con el carácter de apoderada judicial de las demandadas, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 21 de septiembre de 2009; y, por vía de consecuencia,
¿ Queda REVOCADA la decisión apelada.
¿ ORDENA, al Juzgado del conocimiento de la causa continuar con el curso del presente procedimiento, sin ordenar la notificación de las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho.
¿ SIN LUGAR, el planteamiento formulado por la recurrente en el escrito presentado a manera de informes en esta Alzada, entorno la oposición al secuestro conservativo decretado por el A QUO, así como también, el requerimiento de apertura de un cuaderno separado y la solicitud de ordenar oficiar al Ministerio Público. .....