Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva interpuesta por el profesional del derecho CARLOS MAESTRE ZACARIAS, apoderado judicial del la parte demandante, la ciudadana SILVIA SANCHEZ, contra la decisión de fecha 09 de julio de 2013, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, referido a la no admisión de la prueba documental presentada por la parte actora.
Queda de esta manera confirmada la decisión apelada.
Se condena en costas procesales a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido confirmada la decisión apelada.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad .....