Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, el Recurso de Apelación ejercido por el profesional del derecho RAFAEL ESCALONA AGELVIS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, la sociedad mercantil OXI FRANCO, C.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 10 de enero de 2013,
CON LUGAR, la Confesión ficta alegada por el abogado RAFAEL ESCALONA AGELVIS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, ya identificada.
CON LUGAR, la demanda por cumplimiento de obligación, seguida por la sociedad mercantil OXI FRANCO, C.A., en contra de la sociedad mercantil ROSARIO HOME.....