Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación interpuesta en fecha dieciséis (16) de noviembre del año 2010, por la ciudadana AMARYS MARIA ZAMBRANO VALBUENA, antes identificada, asistida por el abogado en ejercicio ROGER VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 99.863, contra sentencia No. 427, emitida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha trece (13) de agosto del 2010, en el juicio de REIVINDICACION seguido por el ciudadano VICTOR ALFONSO VELARDE CASTRO contra la ciudadana AMARYS MARIA ZAMBRANO VALBUENA, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión dictada por el Juzgado de.....