Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como Primera Instancia en materia Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por el ciudadano HENRY WILLIANS SANGRONI PADRON, ya identificado, contra el Acto Administrativo dictado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) ,en fecha (07) de septiembre de 2006, en sesión extraordinaria Nº 22-06, punto de cuenta Nº 338 y sesión No 24-06, Punto de Cuenta No. 618, de fecha (27) de septiembre de 2006 relacionado con la DECLARATORIA DE TIERRAS OCIOSAS O INCULTAS Y EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RESCATE Y ACUERDO DE MEDIDA CAUTELAR DE ASEGURAMIENTO, sobre el hato o fundo "SAN JOSE DEL PALMAR".
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no hay imposición en costas.....