PRIMERO: SE RATIFICA LA MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCION A LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA ANIMAL, consistente en LEVANTE Y CEBA DE GANADO, desplegada por el ciudadano VICTOR JULIO BARBOZA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.517.688, con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, quien se desempeña como Presidente de la AGROPECUARIA SAMI C.A. (SAMICA), constituida legalmente ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el día veintinueve (29) de octubre de 1984, bajo el Nro. 9, Tomo 5-1, modificación realizada (cambio de domicilio) en Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha cuatro (04) de agosto de 1998, inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha doce (12) de agosto de 1998, bajo el Nro. 38, Tomo 33-A; sobre la Unidad de Producción SAN MIGUEL, ubicada en el sector Santa Clara, Parroquia Heras, Municipio Sucre del Estado Zulia, con.....