VI
DISPOSITIVO
En virtud de las consideraciones expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha de 6 de febrero de 1992, por el profesional del derecho Edgar Ali Travacilo, actuando en representación del demandado ciudadano Humberto Enrique García Ruido, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad 3.404.724, domiciliado en el municipio Valencia del Estado Zulia, en contra del fallo dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, que declaró con lugar la demanda de Disminución de Cabida y Cobro de Bolívares, incoada por el ciudadano Jaime Acedo Rueda, colombiano, mayor de edad, identificado con los números de cédula de identidad 4.646.71.....