DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos legales este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Maracaibo y con competencia en el Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCION AGRARIA, sobre el ciclo productivo de aves consistente en: Gallina Reproductora, Huevo Fértil, Pollito Bebé, Pollo Beneficiado y Distribución, actividades éstas efectuadas en la sociedad de comercio CRIADORES AVICOLAS DEL ZULIA C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha veintiocho (28) de noviembre de 1997, anotada bajo el Nro. 54, Tomo 89-A, de los libros llevados por dicha oficina, domiciliada en el Kilómetro 21 de la carretera que conduce de Maracaibo a Perijá en jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular primero, se ORDEN.....