DISPOSITIVO
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Zulia y Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud DE MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSION DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO solicitada por los abogados en ejercicio, GERMÁN ENRIQUE MENDOZA GONZÁLEZ y CARLOS ALBERTO MÉNDEZ CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros 1.636.801 y 3.763.481 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 8.964 y 22.190, respectivamente, todos domiciliados en jurisdicción del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, actuando en representación del ciudadano EDWIN YVÁN CARRERO VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario, titular de la cédula de identidad 9.191.876, domiciliado en la ciudad del Vigía, en jurisdicción del Municipio Alberto Adriani del Esta.....