PRIMERO: DECLARA DE OFICIO la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, por cuanto en el presente caso ha operado de hecho y de derecho dicha institución, conforme a la sentencia dictada en fecha dieciséis (16) de noviembre de 2011, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de la Magistrada Dra. LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, decisión Nro. 1708, en el expediente signado bajo el Nro. 09-0695, la cual fijó criterio con carácter vinculante en la interpretación del alcance y contenido del articulo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; en el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD CON SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, interpuesto por el ciudadano LUIS EDUARDO VALERA ALVAREZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.146.698, actuando con el carácter de Presidente de la AGROPECUARIA LA BELLEZA (AGROBECA C.A.), constituida bajo el Nro. 135, folios 58 al 62, Tomo VII, llevada en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tran.....