Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta en fecha 26 de febrero de 2002, por el abogado JORGE ALEJANDRO MACHIN CACERES, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 14 de Diciembre de 2001.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada por el Tribunal de la causa en fecha 14 de Diciembre de 2001.
TERCERO: Se ordena al Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, proceder a la ejecución inmediata de la sentencia dictada por ese juzgado en fecha 14 de Diciembre de 2001, en los términos allí indicados.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demand.....