Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoado por las ciudadanas LIGIA MARIA DE FREITAS HEREDIA Y LIVIA MARIA DE FREITAS HEREDIA, contra el ciudadano, MARCOS ALBERTO JARA GALVIS, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento de la acción y del procedimiento interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante WILVER ALBERTO LUGO BRCEÑO venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad No. 22.481.061, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 203.897, en fecha 01 de febrero de 2018. En consecuencia se le otorga el carácter de cosa juzgada, todo lo cual origina la extinción de la totalidad del proceso, inclusive, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia definitiva dictada en fecha 12 de mayo de 2017.....