PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho ejercido por el abogado en ejercicio Luis Ramirez Romero, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado con el N° 61.917, domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra del auto dictado en fecha veintisiete (27) de abril de dos mil veintidós (2022) por el Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE Incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la página www.zulia.scc.org.ve, déjese copia de la presente decisión y Notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil, remítase el presente expediente en la oportunidad correspondiente.