DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, en virtud del recurso de hecho interpuesto por la abogada en ejercicio VERONICA JOSEFINA FRANCO, quien actúa en nombre propio y en defensa de sus propios derechos e intereses, contra auto de fecha 08 de diciembre de 2016, proferido por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, mediante el cual negó el recurso de apelación, interpuesto por su persona, contra resolución interlocutoria de fecha 28 de noviembre de 2016; procede a declarar:
PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE HECHO interpuesto por la ciudadana VERONICA JOSEFINA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cé.....