Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Norberto Roldan Villasmil, plenamente identificado en actas, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha trece (13) de marzo de dos mil siete (2007).
SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha trece (13) de marzo de dos mil siete (2007), en el juicio que por Interdicto de Amparo, sigue Jesús Enrique Baptista Ávila, contra Adán Dimas Carruyo, ambos plenamente identificados con anterioridad.
TERCERO: Se condena en costas a la parte apelante,.....