Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado HENRY SOCORRO VALBUENA, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos ALOYS VIVAS GUERRERO y JOENNYS VIVAS GUERRERO; intentado contra el auto de fecha 22 de mayo de 215, emanado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, auto que negó oír la apelación efectuada en fecha 18 de mayo de 2015, en el juicio que por PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA siguen los ciudadanos LILIAN VIVAS ATÚNEZ, IVONNE VIVAS ATÚNEZ, DOUGLAS VIVAS ATÚNEZ, LUIS VIVAS ATÚNEZ Y NIEVES VIVAS ATÚNEZ contra los ciudadanos ISABEL GUERRERO DE VIVAS, JOENNY VIVAS GUERRERO, ELOYS VIVAS GUERERO, YAMNA VIVAS GUERRERO y M.....