DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación interpuesta con fecha veintidós (22) de septiembre del dos mil tres (2003) por el profesional del derecho LEANDRO LABRADOR BALLESTEROS en su cualidad de apoderado judicial del ciudadano NERIO ENRIQUE VASQUEZ SOTO, ambos plenamente identificados con anterioridad.
SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con fecha veintitrés (23) de mayo del dos mil tres (2003), en el sentido de DECLARAR SIN LUGAR la Oposición de Tercero, propuesta por el ciudadano NERIO ENRIQUE VASQUEZ SOTO, a l a Medida de Embargo Ejecutivo analizada en esta Sentencia.
TERCERO: Se condena en cost.....