PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa al estado de notificar al Procurador General de la República.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado ejercicio YAMID GARCIA CUADRA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte codemandada Sociedad Mercantil UGARTE C.A, identificada en actas, contra la sentencia de fecha 31 de agosto de 2021, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 31 de agosto de 2021, proferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el sentido de declarar SIN LUGAR la oposición formulada por la representación judicial de la parte codemandada sociedad mercantil INVERSIONES UGARTE, C.A. identificada en actas, contra la medida de prohibición de enajenar y gravar decretad.....