Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada en ejercicio HEIDI GARCIA, en fecha 15 de febrero del 2005, contra la decisión dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, el día 14 de diciembre del 2004, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES, seguido por el ciudadano ROY RIOS TORRES, contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA BRACHO VILLALOBOS, C.A., todos identificados con anterioridad.
SEGUNDO: RATIFICA la Sentencia dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con fecha 14 de diciembre 2004, en el sentido de haberse declarado LA PERENCIÓN de la presente causa.-
TERCERO: De conformi.....