Por los razonamientos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
1°) TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono de trámite de la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana VERÓNICA JOSEFINA FRANCO, plenamente identificado en actas, contra la omisión injustificada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, al decreto de las medidas solicitadas, con menoscabo de su derecho a la garantía de confianza legítima en la administración de justicia, la defensa y a la justicia social de derecho.
2.) SE IMPONE a la parte actora una multa de dos bolívares (Bs. 2), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional, en las oficinas de cualqui.....