Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 23 de febrero de 2011, por el abogado ALBENYS GARCÍA PAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°3.928.217, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°14.233 parte demandada en el juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA, sigue la ciudadana MARÍA CRISTINA DÍAZ.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de fecha 21 de febrero de 2011, en el juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA, sigue la ciudadana MARÍA CRISTINA DÍAZ; en contra de los ciudadanos ALBENYS GARCIA y RAFAEL PUENTE, todos plenamente identificados, y en consecuencia se ORDEN.....