Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta con fecha cuatro (04) de Abril del año dos mil tres (2003), por la Abogada CIBEL GUTIERREZ LUDOVIC, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil WESTERN SERVICE AND SUPPLY, S.A., ambas plenamente identificadas con anterioridad, contra el auto dictado por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con fecha treinta y uno (31) de Marzo del año dos mil tres (2003). En consecuencia, se REVOCA la decisión inmediatamente antes singularizada, y se ordena al indicado Tribunal incluir dentro de los conceptos demandados para su pago por la Sociedad Mercantil WESTERN SERVICE AND SUPPLY, S.A. a la Sociedad Mercantil B.....